Responsabilidad penal de la empresa

Responsabilidad penal de la empresa

La responsabilidad penal de la persona jurídica 

fue introducida en nuestra legislación a través de la Ley Orgánica 5/2010 de 22 de Junio y modificada por la Ley Orgánica 1/2015 de 30 de Marzo

 

Cualquier persona jurídica es responsable penalmente

El legislador entiende que cualquier persona jurídica es responsable de los delitos cometidos por sus directivos y empleados

(No aplicable al Estado, Administraciones públicas territoriales e institucionales, Organismos Reguladores, Agencias y Entidades públicas Empresariales, organizaciones internacionales de derecho público, ni a aquellas otras que ejerzan potestades públicas de soberanía o administrativas)

 

Exención o atenuación de la responsabilidad

Con la última reforma, el legislador abre la vía de la exención de la responsabilidad, además de la atenuación de la misma, a través de la adopción de un Plan de prevención

 

Plan de prevención

Cualquier empresa necesita diseñar un Plan de prevención de la responsabilidad penal de la persona jurídica

 

ETD-ABOGADOS

Servicios de:

Auditoría de actividades y procesos

Análisis de riesgos

Plan de Prevención integral

Supervisión y revisión del plan

 

Asesoramiento y asistencia a lo largo del proceso

 

Contacto

Ana Bertrán

bertran@etd-abogados.es

Juan Manuel Martín

martin@etd-abogados.es

 

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